Campaña de difusión de Servicios Sociales

Campaña de difusión de Servicios Sociales

Servicios sociales generales 2017

Servicios sociales generales 2017

INSTRUCCIONES

Lugar de presentación de las justificaciones

Castellón:     Av. Hermanos Bou, 81

                    12071 CASTELLÓN

                    Teléfono 964 726230/ 964 726250

Valencia:      Av. Barón de Carcer, 36

                    46001 VALENCIA

                    Teléfono 961 271511/961 271630

Alicante:       C/ Rambla Méndez Núñez, 41 (Torre Generalitat)

                    03001 ALICANTE

                   Teléfono 965 938040/ 966 478290

Obligaciones, forma de pago y justificaciones

La presente ayuda se hará efectiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 14/2016 de 30 de diciembre de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2017 (DOCV núm. 7948 de 31 de Diciembre de 2016), de la siguiente forma:

  • Un 35% de la misma se librará a la firma de la presente resolución;
  • Un 35 % se librará con anterioridad al mes de julio de 2017
  • El 30% restante se librará tras la aportación y la comprobación de la documentación justificativa de la efectiva y correcta aplicación del importe inicialmente anticipado.
  • Se entenderá que el importe recogido en el certificado de Obligaciones contraídas justifica las cantidades libradas cuando sea igual o superior al 65% del importe de la subvención.
  • La entidad local, notificada la presente resolución y antes del 15 de Junio de 2017, deberá expedir certificado de retención de crédito o crédito disponible, según modelo normalizado, debiendo trasladar el mismo a la respectiva Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas.
  • Durante el transcurso del período objeto de subvención y siempre que se produzcan anticipos a cuenta de la subvención, la corporación local deberá justificar la cantidad anticipada mediante la presentación ante la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de la provincia correspondiente de un certificado del volumen de obligaciones reconocidas por la corporación en ese período, suscrito por su interventor/a y con el visto bueno de su alcalde-presidente, según modelo normalizado, a los efectos de la tramitación del siguiente plazo de la subvención.
  • Con independencia de que se hayan producido anticipos a cuenta, con anterioridad al 31 de octubre de 2017, la corporación local deberá emitir un certificado de obligaciones reconocidas en dicho periodo, debiendo trasladar el mismo a la respectiva Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas.
  • Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, la entidad local deberá presentar, en modelo normalizado que facilitará la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, antes del 31 de enero de 2018, la memoria descriptiva de la ejecución de los programas objeto de la subvención, la memoria financiera descriptiva de la ejecución del gasto que incluye el certificado relativo a los trabajadores contratados y las nóminas correspondientes.
  • Mientras que la Entidad Local prestataria de los servicios y programas, no disponga del personal adecuadamente formado y habilitado dentro de la plantilla funcionarial o laboral de la corporación, para realizar la valoración de la dependencia, prescripción técnica de carácter público, se podrá seguir prestando el servicio en la localidad por aquellos profesionales que estaban realizándolo con anterioridad.

En este sentido, y para evitar discontinuidades en la atención de las personas, las aportaciones recibidas por las corporaciones locales como entidades beneficiarias de la línea 313.10 en el año 2017, podrán ser justificadas mediante aportaciones realizadas a las entidades y mancomunidades desde donde se hayan gestionado servicios en el año anterior y se siga haciéndolo hasta que las entidades dispongan del suficiente personal habilitado.

  • Si de la presentación de las memorias de ejecución del gasto, se derivasen incumplimientos en la realización de los mismos por parte de la corporación local, se procederá a la minoración correspondiente y a la exigencia, en su caso, de devolución de importes indebidamente percibidos.
  • Todos los modelos normalizados indicados en las presentes Instrucciones, tan pronto estén actualizados, se ubicarán y podrán descargarse en la web de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas

DOCUMENTOS