CONSULTA PÚBLICA PREVIA PROYECTO DE DECRETO DEL CONSELL POR EL QUE SE REGULA EL REGISTRO, AUTORIZACIÓN Y ACREDITACIÓN DE ENTIDADES, SERVICIOS Y CENTROS DE SERVICIOS SOCIALES DE LA COMUNITAT VALENCIANA - Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda - inclusio.gva.es
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El trámite de consulta pública previa está previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, este artículo establece que, con carácter previo a la elaboración de la norma, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se pedirá la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
- Documento de consulta pública previa.
- Alegaciones: enviar a sdg_poec@gva.es
- Plazo de aportaciones: hasta el día 14 de mayo (inclusive).