Novedades

Atrás REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE IGUALDAD EN LA DIVERSIDAD, PARA EL EJERCICIO 2020

REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE IGUALDAD EN LA DIVERSIDAD, PARA EL EJERCICIO 2020

REQUERIMIENTO DE ENMIENDA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE IGUALDAD EN LA DIVERSIDAD, PARA EL EJERCICIO 2020, de las solicitudes presentadas al amparo de la resolución de 27 de diciembre, de la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se convocan subvenciones en materia de igualdad en la diversidad, para el ejercicio 2020.


Se hace público, a los efectos de la preceptiva notificación, el listado de expedientes correspondientes a solicitudes presentadas por entidades, a cada uno de los programas que comprende la convocatoria de subvenciones en materia de igualdad en la diversidad, para el ejercicio 2020 que, por falta de requisitos o documentación exigible, tendrán que enmendar esta solicitud en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta notificación, concretamente del día 21 de febrero al 5 de marzo de 2020 ambos incluidos, aportando la documentación que se requiere. (Artículo 9 de la ORDEN 13/2016, de 31 de mayo, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a entidades sin ánimo de lucro para financiar programas de apoyo a la igualdad en la diversidad, y Quinto de la RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2019, de la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se convocan subvenciones en materia de igualdad en la diversidad, para el ejercicio 2020.)

 

De no efectuar la enmienda en este plazo se tendrá por desistida la solicitud, previa resolución, en conformidad con el previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

La enmienda tendrá que efectuarse exclusivamente de forma telemática, del mismo modo que se presentó la solicitud, accediendo al trámite telemático disponible en la sede electrónica de la Generalitat en el siguiente enlace:

 

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18150&version=amp

 

Anexo 1

Listado de expedientes a enmendar.

 

Anexo 2

Modelo de acreditación del poder legal para solicitar la ayuda.